TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXXV).

169

 

      «Por ser pública, continua y gradual, la acción republicana se separa abisalmente de las acciones secretas, repentinas, discontinuas y técnicas, típicas de los golpes de Estado. Por ser ciudadana, se distingue ontológicamente de la praxis marxista, que pretendió dar conciencia de clase al movimiento obrero, frente a la identificación de la clase burguesa con el Estado. Una conciencia unitaria de clase social autosuficiente que el movimiento sindical no podía dar, al estar basado en la obtención paulatina de mejoras laborales, mediante huelgas parciales y pactos con el enemigo patronal, a quien legitimaba en tanto que parte contractual propietaria de los medios de producción. Y para ser coherente con la teoría, la acción colectiva ha de combinar la individuación de la igualdad con la individualización de la diferencia, haciendo del distrito electoral la mónada representativa del movimiento ciudadano por la libertad política.

     Una revolución puramente política, basada en principios de coherencia entre medios y fines, y sobre todo en el principio básico de que la verdad política reside, en primer y último término, en la libertad colectiva, no necesita otra garantía de paz que la de su propio principio. Esta virtualidad de los grandes principios fue expresada por Benjamín Constant. “Sin querer exagerar la influencia de la verdad, como han hecho con frecuencia los filósofos, se puede afirmar que cuando ciertos principios son completa y claramente demostrados, ellos sirven en cierta forma de garantía de sí mismos” (Principes de politique, La Pléiade, 1964, p. 1077).

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXXIV).

168

     «Si el propósito no es la conquista del Estado, como en los tiempos del fascismo y del comunismo, ni su eliminación como en la creencia anarquista, sino la apertura de un periodo de libertad política constituyente en la sociedad civil, no hay lugar para la violencia. La palabra revolución levanta ecos de tiempos pasados que no tienen sonido agradable en la actual sociedad europea, dado el horror casi patológico a cualquier asomo de violencia y a la nefasta propaganda de que, sin ella, no es concebible un cambio en la forma de Estado y de Gobierno. Pero no hay motivo para la violencia si todas las opciones políticas tienen la misma oportunidad de manifestarse en condiciones de igualdad de libertad constituyente.

      La nueva teoría de la verdad=libertad, y la propia condición democrática de la República Constitucional, son incompatibles con cualquier tipo de acción que se proponga la conquista del poder político, sin someterse previamente a la conquista de la hegemonía política en la sociedad civil o, mejor dicho, en los ámbitos culturales de una sociedad plural y moderna.”

 

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXXIII).

167

     «El aplazamiento de la acción decisiva no impide multiplicar las iniciativas para crear un ambiente propicio al cambio de la Partidocracia por la República Constitucional. Contestaciones parciales a la degeneración política de la partidocracia, sin ser ni parecer revolucionarias, allanarán el camino a la libertad política. Abstención electoral; desprestigio de la clase política, impotencia de los gobiernos ante la crisis económica y el paro; aspiraciones soberanas de los nacionalismos, peticiones de reforma de la ley electoral y del modo de designar al Presidente del Gobierno y los miembros del Tribunal Constitucional, están abriendo vías al oportunismo reformista que, temeroso de la ruptura implícita en la libertad política, las propicia al pedir la reforma de la Constitución. Es nuestro batallón de zapadores.

     Sin antecedentes históricos sobre el tipo de acción, continua y pacífica, que lleve al tercio laocrático de la sociedad hasta la conquista de un periodo de libertad constituyente -con la misma libertad de información pública y de acción colectiva para todas las opciones constitucionales-, donde la sociedad elija, en referéndum optativo, la forma de Estado y de Gobierno, no se deben excluir las acciones de masas impulsadas por movimientos sociales hacia la huelga general de carácter político. En las sociedades de consumo y de ocio espectacular, no son pertinentes las estrategias del doble poder, definidas por Lenin y Gramsci, en coyunturas históricas de excepcional violencia civil, como métodos de conquista del Estado.”

 

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXXII).

165

      «Para que se integre en una acción gradual y progresiva, esa diversidad de movimientos o de acciones ha de orientarse con una coordinación de todas las posibles alternativas de cambio en la forma de Estado y de Gobierno. En ese momento, la unidad de acción del pluralismo político tiende ya por sí misma a la concreción del grupo hegemónico constituyente. Descuidada de atención por los tratadistas, esta hegemonía no puede ser, en una sociedad plural, la de un solo grupo constituyente, sino la formada con las tres opciones (conservadora, reaccionaria, creadora) realizables en la práctica de la acción constituyente. La acción unitaria por la libertad constituyente ha de ser coordinada por la necesidad de que el referéndum constituyente sea electivo entre esas opciones, y no plebiscitario.

      Antes de ese momento toda tentativa de acción unitaria de las opciones constitucionales, como República Parlamentaria, República de Partidos o República Constitucional, sería puro activismo condenado a la esterilidad, como el de los partidos comunistas que ponen su ideal en las calendas griegas para justificar la actualidad de su oportunismo. El activismo produce efectos reaccionarios por desconocer el estado de la relación de fuerza entre los partidos estatales y la acción societaria republicana, y despreciar las razones de eficiencia estratégica, de las que no se deben excluir acciones colectivas originales, si se presenta la coyuntura propicia.”

 

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXXI).

164

      «Hay en los seres humanos mayor propensión natural a la obediencia que a la libertad de acción responsable. Del mismo modo que una ley biológica explicó por qué nacen más hembras que machos, no está lejos el día en que la genética encuentre la ley que descubra la proporción natural de mandamases en la multitud obediente. La Revolución enseñó a los pueblos europeos la posibilidad de libertad política y, sin embargo, éstos no emprendieron la acción colectiva de conquistarla. El impulso para la acción colectiva que haga obrar a la libertad política, no proviene de frustraciones de altruismos carentes de otros campos de satisfacción. Ni lo causan sentimientos de culpabilidad sublimados en un deber social. Tampoco responde a la aspiración existencialista de una vida auténtica, creyente de que hacer algo es hacerse a sí mismo. Pues si ese algo fuera la libertad colectiva, todos harían míticamente a los demás haciéndose a sí mismos.

     El ímpetu del nuevo saber político, el de la verdad=libertad, sale de una inspiración intuitiva de la razón de la existencia en común, que la coexistencia no propulsa, ni el hábito de convivencia en círculos vecinales contiene. La razón de que repentinamente parezca posible realizar lo tanto tiempo intuido, o incluso manifestado en fenómenos espontáneos de compasión social, que parecía quimérico antes de conocer la identidad de verdad y libertad, está en la naturaleza de este tipo de conocimiento. Que no es liberador si no alcanza la elevación cultural y la sensibilidad moral que disuelven el servilismo en las conciencias, y resuelven los conflictos de la polaridad opositiva Estado-Sociedad. La nueva polaridad creada con la ecuación verdad=libertad engloba y supera las explicaciones hegelianas o marxistas de la historia, al ser resolutiva de conflictos sociales de carácter funcional que no tienen naturaleza dialéctica. Esta nueva polaridad de la relación política de libertad no arrastra en su giro a los conflictos de clase social, ni a los sentimientos de la fe nacionalista o religiosa.”

 

 

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXX).

163

      «Si no es utópica ni descriptiva, si es de orden normativo o prescriptivo para la acción teorizada, toda teoría política implica una llamada o convocatoria para realizarla en la sociedad y en el Estado. La teoría de la República Constitucional se basa en la distinción entre el problema de la libertad política, que la democracia representativa resuelve, y los conflictos ideológicos que la procuración de la igualdad social hace surgir en las clases y categorías sociales opuestas, y cuyas mitigaciones o soluciones parciales son asuntos que corresponde tratar a los poderes ejecutivos del Estado y a las legislaturas de la Nación, con separación de titulares y competencias. Pero entendida como los pensadores franceses que la crearon, la filosofía de la acción no tiene esa finalidad. Sólo se interesa por la naturaleza metafísica y óntica de la acción humana, con independencia del principio rector de la inteligencia que la ordene y la voluntad individual o colectiva que la realice. Sin embargo, la teoría republicana que identifica verdad política y libertad de acción colectiva comienza a ser activa y constituyente con ese descubrimiento.

     A diferencia del efecto contemplativo o sensitivo causado por el acceso a las verdades teoréticas o estéticas, el conocimiento de la verdad=libertad produce al instante una con-moción interior, es decir, un impulso anímico hacia los más próximos en afinidades espirituales, en busca de compañía para vivir lo verdadero con la verdad de la acción colectiva de la libertad. Una conmoción mental que se traduce en predisposición a la acción del actuar, en disponerse a conquistar la libertad para todos. De no ser por ello se confundiría con la pasión religiosa de amor, con la vocación científica de penetrar en los secretos de la Naturaleza o con el sentimiento estético que mueve al artista. Expuesta a la precipitación del entusiasmo, esa primera predisposición es ya un conato de acción horizontal, distinta y previa a la disposición a actuar en la verticalidad de las organizaciones voluntarias para alcanzar y mantener el poder político de la libertad colectiva.”

 

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

 

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXIX).

162

      «Las enseñanzas negativas del leninismo contribuyeron a que la izquierda europea posterior a la guerra mundial, sustituyera el principio de igualdad de oportunidades por el de libertad de acción del partido comunista, para apoderarse del Estado sin conciencia de traición a la clase obrera, a pesar de que traicionaba la idea gramscista de que no hay progreso si la elevación social y política del partido comunista no sube consigo a la clase social que representa o cree representar. Los partidos y sindicatos de clase se hicieron órganos del Estado, elevando su condición social y calidad de vida, no porque representaran a las masas obreras deprimidas por el paro y la miseria, cosa que impide el reparto proporcional del poder electoral. La Constitución partidocrática prescribe que los partidos estatales integran las masas en el Estado por el solo hecho de haberlo ocupado ellos.

     El esquema global que orienta el proceso político en el seno de la sociedad civil hacia la República Constitucional, tanto en su fase destructiva de la servidumbre voluntaria a los cínicos partidos estatales, como en la constructiva de la libertad constituyente, garantiza la lealtad al principio rector de la libertad política colectiva, con los principios de homogeneidad entre medios y fines, entre acción instrumental y acción finalista, entre acción interna (agere ad intra) y acción exterior (agere ad extra).

     En realidad, no hay servidumbre política en el tercio social seguidor de los partidos estatales, con los que identifica sus intereses. Tampoco en el tercio laocrático sustanciado con la aspiración a la libertad colectiva. Sólo hay servidumbre voluntaria en el tercio que vota listas de partido sin interés egoísta, o sea, el de menor inteligencia política y mayor enajenación social. Este tercio planicio será arrastrado por el tercio promotor de la libertad.”

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXVIII).

161

      «El fundador de la filosofía de procesos, Whitehead, unificó en la teoría de las entidades actuales o actualizables los tipos de proceso. El que va de lo actual a lo real, expresa la razón de su inactualidad. Fenómeno de “concreción del poder”. El que va de lo real a lo actual, sin expresar su razón de actualidad, la impone como acontecimiento de “reparto del poder” con Reformas liberales autoritarias. El que va de la virtualidad de lo real a su actualización, fenómeno de “difusión del poder”, revoluciona la legitimación de la relación de poder y de la cultura histórica. La “prehensión” del acontecimiento de la libertad lleva consigo la de todos los anteriores que la negaron o reprimieron. Es el único sentido de la historia.

     A diferencia del campo físico de las cosas materiales, donde la destrucción es más fácil que la construcción, en virtud del principio universal de la entropía, las sociedades humanas encuentran menos resistencias en el proceso de construir, que en el de destruir los prejuicios mentales y los intereses materiales de la actualidad realizada, siempre realimentada por su incapacidad de generar negantropía, es decir, sin virtualidad realizadora de la potencia de lo real, que sólo tiene la libertad política. Gramsci fue consciente de esta peculiaridad de las estructuras de poder social. Sin ser ortodoxo marxista, ante los acontecimientos de la ocupación obrera de fábricas en ciudades del norte de Italia al final de la guerra europea, concibió la estrategia comunista del doble poder, en competencia con el estatal, como principio rector del proceso que unificaría el poder social y el poder político en un futuro Estado socialista. Creía que la sociedad se pre-estataliza antes de que el Estado la estatalice y luego se autodisuelva.”

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXVII).

 160

      «En El Factor Republicano (libro segundo), se analizó la materia civil y la forma política desde un punto de vista estático. Pero el esquema de las fases del proceso republicano ha de considerarlas desde la perspectiva dinámica y sintética de los cambios sociales. No al modo de los golpes de estado o pactos de gobierno. La transición española, tomada como modelo constitucionario en otras latitudes, no fue un proceso de paso de la dictadura a la libertad política, sino un golpe incruento del consenso de poder que pasó de la dictadura a la oligarquía de partidos, con libertades públicas otorgadas y sin libertad política colectiva. Las transiciones sociales, relativamente lentas por ser maduraciones invisibles, no son procesos impulsados por un principio de libertad mínima que las ponga en marcha, hasta llegar a la fase constituyente de la libertad política como derecho natural. El proceso constitucionario hacia una nueva polaridad estatal evitó los choques con las estructuras del poder establecido en la polaridad dictatorial anterior. Por eso, las partidocracias no llegaron como final de un proceso, sino como ocupación instantánea del vacío de poder creado con la caída militar de los Imperios o la muerte de los dictadores.

     Los procesos políticos son progresivos o regresivos, según la naturaleza liberal o reaccionaria de la acción que los impulsa. Las transiciones europeas a las libertades públicas han sido progresistas en liberaciones personales, regresivas en la conciencia de unidad nacional, reaccionarias en la concepción de la política como consenso. Consecuencias previsibles en todo proceso estatal autoritariamente cerrado, contenido y retenido.

     El proceso civil, en cambio, consiste en las derivaciones sucesivas de lo principiado en virtud de la acción de un principio. Aquí, el obrar sigue al ser (operari sequitur esse). Mientras que en lo procesionario, como en las Transiciones de las dictadura al Estado de Partidos, el ser sigue al obrar (esse sequitur operari). Lo fundamental en estas transiciones autoritarias no son los principios, ni las creencias sociales, sino los agentes individuales del poder de control sobre cosas y personas, así como la necesaria discontinuidad y parcialidad de la acción liberadora. Así se impide la unidad en la resistencia de la oposición democrática a la mera Reforma de la dictadura. La procesión de autoridades en las Transiciones reformistas cierra el paso al proceso político de las liberaciones sociales.”

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.

 

 

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE (XXVI).

159

      «Para deslegitimar a la sociedad estatal, no basta con difundir el “punto de fuerza” (Leibniz) de la Teoría Pura de la República Constitucional, a no ser que ésta sea ya fundamento legítimo de las acciones de resistencia pasiva y abstención electoral. En cambio, la fase de la acción constructiva, dirigida a las categorías sociales que más padecen la quiebra moral y financiera del Estado de Partidos, debe obedecer a un esquema vertical, cuya funcionalidad permita movilizar al tercio laocrático de la sociedad hacia la libertad constituyente de la democracia, mediante consignas de acción elaboradas por los grupos que se hayan destacado en la difusión de las cuatro ideas-fuerza (representación de la sociedad civil, separación de poderes, lealtad de la forma a la materia, ecuación verdad=libertad) en que se basa la filosofía de acción constituyente de la República Constitucional.

     El principio de continuidad exige no detener en el tiempo del proceso, ni separar en el espacio nacional, las acciones emprendidas en cada fase anterior, para conseguir de este modo tanto las inercias de la acumulación de fuerzas innovadoras, como las sinergias de la simultaneidad en los ritmos de maduración de conciencias y voluntades de acción colectiva, especialmente en las categorías profesionales, en la jubilación prematura y en la juventud. La homogeneidad de la acción colectiva la consigue el principio de que los medios han de tener la naturaleza pacífica de los fines, y ser adecuados a la inteligencia de la finalidad que pretenden. El principio de retroacción esquemática del proceso permitirá incorporar, a las acciones posteriores, las enseñanzas y correcciones que las anteriores introduzcan en el esquema original que ideó el plan general de la acción emprendida.”

 

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo VII. FILOSOFÍA DE LA ACCIÓN CONSTITUYENTE.