TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo IV. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LEGISLACIÓN. PODER LEGISLATIVO DE LA NACIÓN (XIII).

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     “Sin necesidad de acudir al precedente de las Naciones sin Estado, ni a las ficciones de la tradición parlamentaria, la Teoría Pura resuelve el problema de la conversión de las representaciones monádicas en representación nacional, derivándola de la propia encomienda de los electores a las diputaciones. No sólo para ser representados y defendidos contra los abusos del Estado, sino también para ser integrados en una representación nacional que asuma la función del poder legislativo. Sin intervención del Estado, este proceso se desarrolla íntegramente en el seno de la Asamblea compuesta por la Cámara de Representantes y el Consejo de Legislación.

     No hay necesidad de explicitar la gran cantidad de cuestiones espinosas que evita o resuelve esta estructura del poder legislativo, en comparación con el sistema del bicameralismo, en Estados no federales, y con los Estados de Partidos: ausencia de garantías institucionales contra la endémica corrupción en el impulso de la iniciativa legislativa; proliferación de leyes efímeras; trabajo a destajo que valora la productividad más que la calidad de las leyes; constante intervención de órganos y autoridades estatales en el proceso de legislación; prioridades arbitrarias en la tramitación de las leyes; escaso número de iniciativas judiciales; anulación de la iniciativa legislativa de un solo diputado; falta de neutralidad objetiva del Presidente de la Asamblea; formación de Comisiones legislativas o de investigación con el mismo criterio proporcional que impide el control del gobierno; no exigencia de responsabilidades políticas con independencia de las penales; repetición de iniciativas iguales en distinta coyuntura; omisión legislativa para perpetuar dominaciones tradicionales o nuevas.”

 

 

Antonio García-Trevijano Forte

TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA

LIBRO TERCERO. Capítulo IV. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LEGISLACIÓN. PODER LEGISLATIVO DE LA NACIÓN.

 

Teoría Pura de la República – 3 VOLÚMENES

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